Este 2021 entraron en vigor en España una serie de reformas en materia de tráfico y circulación con el objetivo de incrementar la seguridad vial en nuestras carreteras. En Dualse te enumeramos los principales cambios llevados a cabo por la Dirección General de Tráfico (DGT) y que te afectan como conductor o conductora.

  1. Incremento de puntos retirados por comportamientos de riesgo.

El uso del teléfono móvil al volante es una de las infracciones más perseguidas. Así, conducir sujetando en la mano el móvil supone la retirada de 6 puntos del carnet (hasta ahora eran solo 3 puntos). Además, la DGT multará al conductor que lleve el teléfono en la mano en plena marcha, esté haciendo uso o no de él en ese momento.

Por su parte, no llevar el cinturón de seguridad, así como los sistemas de retención infantil, el casco en la moto u otros elementos de protección obligatorios, pasa a restar 4 puntos (antes también eran 3).

  1. Multa por llevar detectores de radares.

Antes solo se sancionaba en caso de usar los radares, pero ahora se multa su simple tenencia en el vehículo. La sanción es de 500 euros y supone la retirada de 3 puntos.

  1. Nuevos límites de velocidad.

En vías urbanas, el límite máximo es de 20 km/h en vías con una plataforma única de calzada y acera, de 30 km/h en las vías con un único carril por sentido de circulación, y se mantiene el límite máximo de 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

En carreteras convencionales, ahora la velocidad máxima total que un vehículo podrá alcanzar en la vía será la del límite de dicha carretera. Es decir, se elimina la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad a la hora de realizar un adelantamiento.

  1. Regulación de patinetes y bicicletas eléctricos.

Los patinetes y bicicletas eléctricos deberán cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos: la persona conductora no podrá usar auriculares, podrá ser sometida a un control de alcoholemia y no podrá circular por aceras ni por zonas peatonales. Por la propia estructura del patinete, tampoco podrá circular por autopistas, autovías, travesías o vías interurbanas, además de los túneles urbanos.

Para poder ser utilizados por la vía pública, estos vehículos deberán tener un certificado de circulación que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos contemplados en el manual de características, que se aprobará mediante resolución del Director General de Tráfico.

Ante cualquier sobre este tema u otro asunto sobre el sector asegurador en el que podamos ayudarte, en Dualse estamos a tu disposición en los teléfonos 981 270 151 y 981 907 429.